Boletín de julio: Estabilidad Laboral y Reforma Pensional en Colombia
En este boletín de julio, nos encontramos con importantes desarrollos legislativos y judiciales que refuerzan la protección de derechos fundamentales en el ámbito laboral. Desde la especial protección para personas diagnosticadas con cáncer, hasta nuevas medidas contra el acoso sexual en el trabajo, este mes ha sido crucial para quienes abogan por la justicia y la equidad en el entorno laboral. Los invitamos a explorar estas actualizaciones, que sin duda tendrán un impacto significativo en la práctica jurídica y en las políticas laborales de nuestro país.
Ley 2360 de 2024: protección especial para personas con cáncer
La Ley 2360 de 2024 mediante su artículo 3°, introduce una modificación importante al artículo 5° de la Ley 1384 de 2010, estableciendo que las personas diagnosticadas con cáncer, o que estén bajo sospecha de tenerlo, deben ser consideradas como sujetos de especial protección.
Esta modificación responde al reconocimiento de que el cáncer constituye una enfermedad catastrófica que implica una significativa vulnerabilidad para quienes lo padecen. Dado el impacto profundo y complejo de la enfermedad en la vida de los pacientes, se considera fundamental proporcionarles un trato prioritario.
Ley 2365 de 2024: Medidas contra la discriminación y el acoso sexual
La Ley 2365 de 2024 introduce nuevas disposiciones para garantizar el derecho a la igualdad y combatir la discriminación y violencia de género. Esta ley establece mecanismos de prevención, protección y atención para las víctimas de acoso sexual en los ámbitos laboral y educativo, fortaleciendo así la protección y el acceso a la justicia para quienes enfrentan situaciones de acoso.
Dicho esto, los empleadores deberán prevenir, investigar y sancionar el acoso sexual en el contexto laboral, para lo cual deberán cumplir con las siguientes obligaciones: crear una política interna de prevención; garantizar los derechos de aquellas víctimas de acoso laboral; implementar medidas de protección inmediata para evitar daños irreparables; informar a la víctima sobre su derecho a acudir a la Fiscalía General de la Nación; abstenerse de censurar a las víctimas y de realizar actos de revictimización, entre otras.
Corte Constitucional ordena reintegro de trabajadora desvinculada en represalia por denunciar acoso laboral
La Corte Constitucional, en la Sentencia T-141 de 2024, decidió proteger los derechos fundamentales de una trabajadora a quien no se le renovó su contrato por haber presentado una queja de acoso laboral contra su jefe inmediato. Aunque no se pudo confirmar de manera definitiva si existió acoso, la Corte encontró suficientes indicios de que la no renovación del contrato fue una retaliación por la denuncia.
En consecuencia, ordenó al empleador reintegrar a la trabajadora, pagar los salarios y prestaciones dejados de percibir desde la fecha de su desvinculación, y llevar a cabo un diagnóstico del ambiente laboral con enfoque de género.
La Corte también subrayó que el Comité de Convivencia Laboral incurrió en una omisión significativa al no atender adecuadamente la queja de acoso laboral presentada por la demandante, especialmente considerando que es el Comité quien tiene la obligación clara de investigar y gestionar apropiadamente cualquier denuncia relacionada con acoso laboral, lo cual representó un incumplimiento de sus funciones y reforzó la teoría desarrollada por la Corte.
Ley 2388 de 2024: Por medio de la cual se dictan disposiciones sobre la familia de crianza
El Congreso, a través de la Ley 2388 de 2024, estableció disposiciones para la familia de crianza, definiendo su naturaleza y reconociendo los derechos y obligaciones entre sus miembros.
En el ámbito laboral, el artículo 11 de esta ley modificó el numeral 10 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), otorgando a los trabajadores una licencia remunerada de cinco (5) días hábiles por luto en caso de fallecimiento del hijo, padre o madre de crianza, especificando que los vínculos de crianza deben ser declarados por un juez de familia o notario.
Además, el artículo 14 de la ley estipula que los hijos de crianza tendrán los mismos derechos que los hijos naturales en relación con la seguridad social, incluyendo salud, pensión y subsidio familiar.
Ley 2380 de 2024: Beneficios fiscales para donaciones de alimentos y fortalecimiento de la seguridad alimentaria
La Ley 2380 de 2024 tiene como objetivo fomentar la donación de alimentos y mejorar la seguridad alimentaria en Colombia, alineándose con el objetivo de «Hambre Cero». Esta ley impulsa la donación de alimentos aptos para el consumo humano a bancos de alimentos sin ánimo de lucro del Régimen Tributario Especial y a organizaciones religiosas reconocidas por el Ministerio del Interior o por la ley.
El artículo 2 de la ley introduce un parágrafo al artículo 257 del Estatuto Tributario, permitiendo a las empresas aplicar un descuento de hasta el 37% sobre el valor donado durante el año o período gravable. Además, se establece que para que los beneficios de la ley sean aplicables, los alimentos donados deben cumplir con los criterios de recepción de los bancos de alimentos y seguir los lineamientos establecidos en el artículo 8º de la Ley 1990 de 2019.
Constitucionalidad de los pactos colectivos ratificada por la corte constitucional
La Corte Constitucional, en la Sentencia C-288 de 2024, declaró exequibles los artículos 481 del Código Sustantivo del Trabajo y 70 de la Ley 50 de 1990. La Corte reafirmó que los pactos colectivos, suscritos entre empleadores y trabajadores no sindicalizados, son constitucionales siempre que no menoscaben los derechos de asociación sindical ni de negociación colectiva.
Este fallo subraya que la negociación colectiva no es exclusiva de los sindicatos, permitiendo así que los trabajadores no sindicalizados también puedan negociar condiciones laborales, en consonancia con el artículo 55 de la Constitución Política y los Convenios 87, 98 y 154 de la OIT.
Sin perjuicio de lo anterior, la Corte advirtió sobre el uso indebido de los pactos colectivos para debilitar la acción sindical, y destacó la necesidad de aplicar medidas que prevengan y sancionen prácticas antisindicales.

