¡Lo Que Necesitas Saber!

Bajo la normativa reciente de la Ley 2195 de 2022, las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) en Bogotá deben adherirse a estándares elevados de transparencia y ética mediante la implementación del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE), enfocado en la prevención y gestión de riesgos relacionados con la corrupción y el soborno transnacional. Para orientar este proceso, la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá emitió la Circular 058 de 2022, que especifica los requisitos para estructurar e implementar el PTEE, incluida la creación de sistemas de auditoría interna y su integración con sistemas de gestión de riesgos existentes.

La Circular presenta dos variantes del PTEE: el Integral (PTEE-I) para ESAL con activos superiores a 1.000 SMLMV y sistemas de gestión de riesgos ya establecidos, y el Simplificado (PTEE-S) destinado a aquellas con activos menores a 1.000 SMLMV. Ambas modalidades requieren la implementación de políticas de cumplimiento, análisis y gestión de riesgos, además de asignar responsables para su adecuada ejecución y seguimiento.

Es crucial que las ESAL ubicadas en el Distrito Capital y bajo la jurisdicción de la Alcaldía Mayor presenten su PTEE acorde con los plazos definidos en la Circular 016 de 2022 para prevenir sanciones, que pueden variar desde la suspensión hasta la cancelación de la personería jurídica. Asimismo, cualquier modificación en el PTEE debe notificarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a su ratificación, enfatizando la necesidad de mantener una cultura de transparencia y cumplimiento constante.

Este conjunto de regulaciones subraya el esfuerzo de la Alcaldía Mayor de Bogotá por promover un ambiente empresarial fundamentado en la ética y la transparencia, resaltando las consecuencias significativas para aquellas ESAL que no cumplan con estas directrices.

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